Lun. Oct 7th, 2024

ApmPrensa

Agencia de Prensa APM

La Constitución de Dios, la vida y la familia.

6 min read

Hoy 6 de noviembre la República Dominicana conmemora la fundación de su primera constitución política hace 176 años por las autoridades de la nación creada por la gesta Trinitaria de Juan Pablo Duarte.

La actual constitución fue ratificada y proclamada el 13 de julio de 2015 por la Asamblea Nacional, en Santo Domingo, publicada por la gaceta oficial No.10805 del 10 de julio de 2015. A la Carta Magna se le ha hecho 39 modificaciones, de las cuales 32 de ellas han sido directamente con relación al tema de la reelección presidencial. (ver más datos en esta nota)

Esta constitución la llamo de Dios, porque define como los símbolos patrios a : «Dios, Patria y Libertad»

En el preámbulo de la constitución aparece este texto:

PREÁMBULO

Nosotros, representantes del pueblo dominicano, libre y democráticamente elegidos, reunidos en Asamblea Nacional Revisora; invocando el nombre de Dios; guiados por el ideario de nuestros Padres de la Patria, Juan Pablo Duarte, Matías Ramón Mella y  Francisco del Rosario Sánchez, y de los próceres de la Restauración de establecer una República libre, independiente, soberana y democrática; inspirados en los ejemplos de luchas y sacrificios de nuestros héroes y heroínas inmortales; estimulados por el trabajo abnegado de nuestros hombres y mujeres; regidos por los valores supremos y los principios fundamentales de la dignidad humana, la libertad, la igualdad, el imperio de la ley, la justicia, la solidaridad, la convivencia fraterna, el bienestar social, el equilibrio ecológico, el progreso y la paz, factores esenciales para la cohesión social; declaramos nuestra voluntad de promover la unidad de la Nación dominicana, por lo que en ejercicio de nuestra libre determinación adoptamos y proclamamos la siguiente CONSTITUCIÓN…

Presencia de Dios en la Constitución

Muchas constituciones de varios países tienen la figura de Dios en sus textos constitucionales (ver esta publicación). Aquí resaltamos los que tiene la nuestra. De inicio invoca el nombre de Dios, lo cual aunque sea una constitución laica, no es atea, porque invoca a Dios desde sus primeras líneas.

Nuestra lema define nuestra visión de Dios en la constitución como lo expresan los artículos 32 y 34:

Artículo 32.- Escudo Nacional. … Está coronado por una cinta azul ultramar en la cual se lee el lema “Dios, Patria y Libertad”.

Artículo 34.- Lema Nacional. El Lema Nacional es “Dios, Patria y Libertad”.

Como se ve también en el art. 127 las altas autoridades políticas en su juramente tienen que jurar de esta manera:

Juro ante Dios y ante el pueblo, por la Patria y por mi honor, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes de la República, proteger y defender su independencia, respetar los derechos y las libertades de los ciudadanos y ciudadanas y cumplir fielmente los deberes de mi cargo”

En esos artículos se expresa la presencia de Dios en la constitución. Sin ser especialistas del derecho, está muy claro el lugar en que Dios tiene ante nuestra nación. Sin embargo también es una constitución que preserva no solo la fe en el Dios de los Cristianos, sino que es una constitución que defiende y preserva los más altos valores humanos sobre los que se funda una sociedad sana.

Los valores de la preservación de la vida, la solidez de la familia el derecho de los padres a elegir la educación de sus hijos, nos dan tranquilidad porque preservan la vida social humana en nuestro país, en momentos que ya muchos países eliminaron esas protecciones constitucionales y se expusieron a peligrosas ideologías que degradan la vida humana.

Citamos para que no caigan en el olvido estos importantes artículos:

Artículo 37.- Derecho a la vida. El derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte. No podrá establecerse, pronunciarse ni aplicarse, en ningún caso, la pena de muerte.

Artículo 38.- Dignidad humana. El Estado se fundamenta en el respeto a la dignidad de la persona y se organiza para la protección real y efectiva de los derechos fundamentales que le son inherentes. La dignidad del ser humano es sagrada, innata e inviolable; su respeto y protección constituyen una responsabilidad esencial de los poderes públicos.

Artículo 55.- Derechos de la familia. La familia es el fundamento de la sociedad y el espacio básico para el desarrollo integral de las personas. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla.

Como creyentes nos garantiza también que podamos tener asegurados varios derechos que nos permiten  la expresión de la fe:

Artículo 45.- Libertad de conciencia y de cultos. El Estado garantiza la libertad de conciencia y de cultos, con sujeción al orden público y respeto a las buenas costumbres.

Artículo 47.- Libertad de asociación. Toda persona tiene derecho de asociarse con fines lícitos, de conformidad con la ley.

Artículo 48.- Libertad de reunión. Toda persona tiene el derecho de reunirse, sin permiso previo, con fines lícitos y pacíficos, de conformidad con la ley.

Artículo 49.- Libertad de expresión e información. Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa.

Artículo 43.- Derecho al libre desarrollo de la personalidad. Toda persona tiene derecho al libre desarrollo de su personalidad, sin más limitaciones que las impuestas por el orden jurídico y los derechos de los demás.

Artículo 44.- Derecho a la intimidad y el honor personal. Toda persona tiene derecho a la intimidad. Se garantiza el respeto y la no injerencia en la vida privada, familiar, el domicilio y la correspondencia del individuo. Se reconoce el derecho al honor, al buen nombre y a la propia imagen. Toda autoridad o particular que los viole está obligado a resarcirlos o repararlos conforme a la ley.

Cuidemos nuestra constitución

Es por eso que reconociendo los intentos de grupos y movimientos por organismos internacionales y por individuos con mucho poder económico se están haciendo aprestos de cambiar estas protecciones que ya han sigo ganadas en nuestra constitución y que debemos estar atentos a los intentos de cambiarla. Ya mucho es tener que aceptar el vergonzoso hecho de que la mayoría de veces que ha sido modificada haya sido para fines personales de algún candidato presidencial para habilitarse a la presidencia cuando ella lo ha prohibido.

Esta constitución del 2010 ratificada por última vez en el año 2015 presenta una serie de protecciones y de iniciativas que todavía no se han desarrollado plenamente.

Vale la pena destacar que tiene la apertura a que cualquier persona o grupo pueda presentar propuestas legislativas por el bien del país según cita el siguiente articulo:

Artículo 97.- Iniciativa legislativa popular. Se establece la iniciativa legislativa popular mediante la cual un número de ciudadanos y ciudadanas no menor del dos por ciento (2%) de los inscritos en el registro de electores, podrá presentar proyectos de ley ante el Congreso Nacional. Una ley especial establecerá el procedimiento y las restricciones para el ejercicio de esta iniciativa.

Cabe resaltar que tenemos un Tribunal Constitucional cuyas funciones están dictadas por la misma constitución, por lo que si hay intentos de crear legislaciones en contra de esas garantías podamos acudir a defenderla ante este tribunal:

Artículo 184.- Tribunal Constitucional. Habrá un Tribunal Constitucional para garantizar la supremacía de la Constitución, la defensa del orden constitucional y la protección de los derechos fundamentales. Sus decisiones son definitivas e irrevocables y constituyen precedentes vinculantes para los poderes públicos y todos los órganos del Estado. Gozará de autonomía administrativa y presupuestaria.

Es maravilloso tener una constitución que preserve que no vivamos: «como chivos sin ley…» como dice el refrán popular. Dios dictó la constitución y las leyes para que el hombre se salve. Jesús expresó que no vino a abolirlas sino a darles plenitud. Ojalá seguir buscando y garantizando que esta constitución siga sirviendo al principal fin de preserva la humanidad y su entornos que sobre todo nos permita vivir en paz.

Mons. Ramón de la Rosa y Carpio hoy nos habla de lo importante de tener esta constitución: